domingo, 30 de mayo de 2010

Noticias oposiciones

CONVOCATORIA DE LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO 2009-2010:
Según la información que hemos podido conocer, Función Pública va a devolver finalmente hoy al Ministerio de Justicia las bases de la convocatoria de la OEP 2009-2010 de la Administración de Justicia para su firma por el Secretario de Estado de Justicia y su posterior remisión al BOE.
Si finalmente se confirma, según la información que traslada el Ministerio de Justicia, las plazas de la OEP 2009-2010 que se publicarán en el BOE serán las mismas que os remitimos en su momento el pasado 6 de abril.
Seguramente la fecha de publicación en el BOE, que abre el plazo de 20 días naturales para presentar las instancias, será no antes del 7 de junio (sin poder asegurar aún en estos momentos la fecha exacta, porque hasta que no sea firmada, ni el Ministerio de Justicia sabe el día en que se publicará).
Por tanto, parece lo más probable que las relaciones provisionales de admitidos y excluidos y los primeros exámenes sufrirán un retraso sobre las fechas que manejaba el Ministerio de Justicia.
Fuentes CC OO

jueves, 27 de mayo de 2010

NOTICIAS OPOSICIONES

Según fuentes blog STAJ

"Convocatoria de oposiciones 2010.- Aún pendiente de devolución desde el Ministerio de Administraciones Públicas"

Parece que la cuestión va un poco más despacio de lo que anticipó el Ministerio. Siempre ocurre así.

miércoles, 19 de mayo de 2010

¡NOTICIAS SOBRE OPOSICIONES!

Estimados alumnos.

Tal como se anunció, ha salido publicado en el día de hoy el temario de las oposiciones así como las bases comunes. No existe variación respecto del que estamos trabajando.

Esperamos las bases específicas y convocatorias para finales de este mes.

lunes, 17 de mayo de 2010

¡NOTICIAS SOBRE OPOSICIONES!

Según el BLOG de CC OO.

1.- PROXIMA CONVOCATORIA DE PROCESOS SELECTIVOS: El 19 de mayo se publica en el BOE las Bases Comunes y los Temarios que regirán las próximas oposiciones.

La convocatoria oficial de los procesos selectivos se publicará en el BOE a finales de la última semana de mayo y será esta última fecha la que abrirá el plazo de presentación de instancias.

Mañana, por tanto, ESTAREMOS ATENTOS al BOE en cuanto a los temarios.-

2.- NOTAS GESTION TURNO LIBRE. Informaros que TODOS los PRESENCIALES que han preparado con nosotros el tercer ejercicio han aprobado el proceso selectivo. ¡Enhorabuena a todos!

martes, 11 de mayo de 2010

Noticias y diversas cuestiones.- ¡Instrucción manifiestamente ilegal!

Estimados alumnos. En primer lugar, de fuentes del STAJ os transmito la siguiente noticia:
"Próxima convocatoria de oposiciones.- Pendiente de la firma del Secretario de Estado. Aún no hay reservada fecha en el BOE para la publicación"

En segundo lugar, diversas consideraciones a tenor de la Instrucción 3/2010 de la Secretaría General de la Administración de Justicia remitida a los Secretarios judiciales:

Literalmente establece:

"En tanto no se establezcan las relaciones de puestos de trabajo específicas de los servicios que realicen funciones de actos de comunicación, los Secretarios Judiciales responsables de los mismos darán las oportunas instrucciones a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa que las vengan realizando para que continúen desempeñándolas, conforme a lo establecido en la Disposición Transitoria Decimoquinta de la LO 19/2003"

A su vez dicha Disposición establece: 

"Régimen transitorio para el establecimiento de las oficinas judiciales.  La determinación por cada Administración competente del diseño y organización de las oficinas judiciales radicadas en sus respectivos territorios, conforme a la estructura básica y en los términos establecidos en esta Ley, se llevará a cabo de forma gradual y en función de las posibilidades organizativas, técnicas y presupuestarias de dichas Administraciones, debiendo en todo caso realizarse con la antelación suficiente que haga posible que la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo y los procesos de acoplamiento y nombramiento del personal a que se refiere la disposición transitoria cuarta de esta Ley se lleven a cabo en los plazos establecidos en la misma.
Hasta tanto se produzcan los citados procesos de acoplamiento y nombramiento, se entenderá que los funcionarios siguen prestando servicios en sus actuales destinos."

Siento no estar de acuerdo con los compañeros. Se que los compañeros del Cuerpo de Gestión Procesal destinados en los SCACE han adquirido diversos derechos, pero TAMAÑO DESPROPÓSITO DEL MINISTERIO que se ha ATREVIDO  a remitir una INSTRUCCION MANIFIESTAMENTE ILEGAL merece una pormenorizada explicación: 

1.- La instrucción confunde claramente ORGANIZACION con FUNCIONES. Evidentemente, la estructura organizativa está por diseñar pero las FUNCIONES son ATRIBUCIONES ORGANICAS por Ley que han entrado en vigor ya, independientemente de la estructura. Dicha disposición transitoria se refiere a diseño y organización de oficinas en su conjunto y que los funcionarios CONTINUARAN PRESTANDO SERVICIOS. Pero NUNCA habla de CONTINUARAN DESEMPEÑANDO FUNCIONES.

2.-Articulado.-
Art. 152. Forma de los actos de comunicación. Respuesta. 1. Los actos de comunicación se realizarán bajo la dirección del Secretario Judicial, que será el responsable de la adecuada organización del servicio. Tales actos se ejecutarán por:  1.º—Los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial. 2.º—El procurador de la parte que así lo solicite, a su costa (Redacción anterior: Tales actos se efectuarán materialmente por el propio Secretario Judicial o por el funcionario que aquél designe, y en alguna de las formas siguientes, según disponga esta Ley) Art. 161. Comunicación por medio de entrega de copia de la resolución o de cédula.1. La entrega …. se documentará por medio de diligencia que será firmada por el funcionario o, en su caso, el procurador que la efectúe (Redacción anterior: el Secretario Judicial o funcionario que la efectúe) y por la persona a quien se haga, cuyo nombre se hará constar.

Esto se concreta en: 
1.  Eliminación del Secretario como practicante material de los actos de comunicación.
2.  Especialización funcional a favor de los funcionarios del cuerpo de Auxilio, ahora los UNICOS COMPETENTES PARA LA REALIZACIÓN MATERIAL DE LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN. NINGUN OTRO FUNCIONARIO ESTÁ AUTORIZADO POR LEY PARA SU PRACTICA


3.- Se ha argumentado, por ejemplo, en los Juzgados de Paz, que los continuen haciendo los Gestores en función de Secretarios en virtud del principio “quién puede lo más, puede lo menos”. Argumentación procesal realmente pobre ya que, aplicando ese mismo principio, el Juez podría dedicarse a dar fe cuando no estuviese el Secretario, circunstancia realmente absurda. Evidentemente, el Secretario es fedatario exclusivo. Pues bien, ahora, al funcionario de Auxilio también hay una atribución ORGANICA exclusiva, además de por la LOPJ, por las leyes procesales. Si el Secretario es el Director y fedatario, el funcionario de Auxilio es en exclusiva, el comunicador.

4.- Un acto así realizado, no solo sería nulo (consecuencias procesales) sino también ilegal (consecuencias disciplinarias o penales por realización de funciones ajenas). En manos de cualquier abogado está la posibilidad de acogerse a la petición de nulidad por dichos motivos con todas las consecuencias que eso conlleva, tanto procesales como administrativas.


5.- Una mera INSTRUCCION no puede CONTRADECIR abiertamente lo dispuesto en una norma con RANGO DE LEY.  No nos engañemos. No la complementa. No hay VACIO LEGAL. Las funciones están así atribuidas y las propias normas atribuyen las funciones de forma inequívoca, sin prórrogas ni concesiones en situaciones excepcionales.